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La Federación Nacional de Cafeteros – Comité de Cafeteros de Caldas, invita a comerciantes del departamento para que participen como proveedores de fertilizantes para el Programa de Apoyo a la Renovación de Cafetales 2024. Esta convocatoria es por tiempo limitado, para mayor información ingrese a https://caldas.federaciondecafeteros.org.

Estos son algunos de los requisitos que debe cumplir el proveedor que desee participar en el Programa Nacional de Apoyo a la Renovación 2024: 1. Persona jurídica o persona natural con establecimiento de comercio. 2. Demostrar que lleva como mínimo 3 años como establecimiento de comercio autorizado para vender insumos agropecuarios. 3. El certificado de existencia y representación legal debe evidenciar que el objeto social de la persona jurídica le permite comercializar insumos agropecuarios. 4. Que los fertilizantes que comercialice cuenten con el debido registro ante el I.C.A. 5. Disponer de grados de fertilizante para el cultivo de café recomendados por CENICAFÉ de acuerdo al Avance Técnico 423 y 545 (anexo 1 y 2).

PROGRAMA DE APOYO A LA RENOVACIÓN DE CAFETALES 2024 – Inscripción de Proveedores

Requisitos para ser proveedor autorizado:

  1. Persona jurídica o persona natural con establecimiento de comercio.
  2. Demostrar que lleva como mínimo tres años como establecimiento de comercio autorizado para vender insumos agropecuarios.
  3. El certificado de existencia y representación legal debe evidenciar que el objeto social de la persona jurídica le permite comercializar insumos agropecuarios.
  4. Que los fertilizantes que comercialice cuenten con el debido registro ante el I.C.A.
  5. Disponer de grados de fertilizante para el cultivo de café recomendados por CENICAFÉ de acuerdo recomendado por CENICAFÉ de acuerdo con el avance técnico 423 y 545 (Anexo 1 y 2), [no se aceptan correctivos de la acidez del suelo, enmiendas, cales o fertilizantes foliares].
  6. Detallar las ciudades o poblaciones donde tiene punto de venta, sucursales o agencias.
  7. Manifestar expresamente su aceptación de recibir las órdenes de entrega de Fertilizante (con medio de pago cédula cafetera o reembolso al proveedor por parte de FNC) que generen los Comités de Cafeteros del Departamento respectivo, como parte de pago de la cantidad del fertilizante que el agricultor quiera adquirir.

Nota: Para registrarse como proveedor autorizado deberá cumplir con los requisitos señalados en el anexo 3 y 4 diligenciarlos, suscribirlos bajo la gravedad de juramento y autenticar la firma.

Para los proveedores ya autorizados en el canal cafetero deberán presentar los documentos relacionados en el anexo 5.

Proveedores no sujetos a registro:

No podrán registrarse como proveedores autorizados, los siguientes:

  1. Las personas naturales, excepto aquellas que sean comerciantes con establecimiento de comercio registrado.
  2. Las precooperativas.
  3. Las personas jurídicas que se encuentren en proceso de liquidación.
  4. Las personas jurídicas que tengan menos de tres años como establecimiento de comercio autorizado para vender insumos agropecuarios. Validado con la fecha de constitución o registro.
  5. Las personas jurídicas cuyos administradores, socios controlantes o beneficiarios reales hayan sido condenados por delitos relacionados con el manejo de recursos públicos.

Plazo de Presentación de Documentos:

Los proveedores de fertilizante que quieran voluntariamente hacer parte del Programa deberán entregar los documentos en el Comité Departamental de Cafeteros, correspondiente a la jurisdicción de su domicilio social, antes de los diez (10) días hábiles después de la publicación de convocatoria.

Recibida la documentación, el Comité Departamental de Cafeteros contará con un término de cinco (5) días hábiles, para su verificación y en caso de presentarse información o documentación incompleta, requerirá al solicitante por una sola vez para que complete la misma, dentro de un término de cinco (5) días hábiles.

Una vez recibidas las mismas, enviará a la Gerencia Técnica en la Oficina Central en Bogotá, las que cumplan con los requisitos establecidos.

Confirmación Vinculación Proveedor:

Previo al cumplimiento de los requisitos establecidos se procede a la vinculación del proveedor al Canal Cafetero del Banco de Bogotá para ello es necesario la siguiente documentación:

  • Carta formal del Comité Departamental de Cafeteros u Oficinas Coordinadoras solicitando la vinculación del proveedor al programa con los documentos adjuntos del proveedor.
  • Carta formal de la FNC solicitando la vinculación del proveedor (Responsable FNC).
  • Vinculación del proveedor como cliente del banco de Bogotá a través de cuenta corriente o de ahorro (Responsable Banco de Bogotá).
  • Firma de convenio de uso del canal cafetero y formato de novedades solicitando los Tokens (Responsable Proveedor).
  • Envío y capacitación en el uso del canal cafetero (Responsable Banco de Bogotá).

Facultades de Inspección:

Al registrarse, los proveedores autorizados aceptan de manera clara, expresa e irrevocable que las autoridades competentes y/o la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, de manera directa o a través de un tercero, realicen en cualquier momento visitas de verificación para constatar la veracidad y/o exactitud de la información reportada en los previsto por este procedimiento y el Plan de Gestión Operativo del Programa.

Corresponde al Comité Departamental realizar visitas periódicas a los proveedores con el propósito de verificar la calidad del producto (fertilizante) y el cumplimiento de los requisitos exigidos para operar como proveedor de fertilizantes.

Si realizada la visita, el proveedor no cumple con lo exigido por la Federación, como por el ICA o la instancia competente, el Comité Departamental de Cafeteros procederá a retirarlo de la lista de proveedores de fertilizantes y así lo informará a los interesados.

Al procedimiento descrito deberá darse cabal cumplimiento para evitar que puedan presentarse ilícitos, falsificaciones de firmas, adulteraciones de documentos o suplantaciones de los usuarios del programa.

Recepción de documentos:

Garantizar que los documentos se reciban físicamente en la dirección descrita a continuación antes de los diez (10) días hábiles después de la publicación de convocatoria. De lo contrario, no serán tenidos en cuenta.

Dirección: Carrera 43 A #1 Sur 220 Torre Porvenir, Piso 10.